(a) Descripción del terreno y descripción general de lo allí construido, con expresión de sus áreas respectivas y materiales de construcción.
(b) Descripción de cada unidad de vivienda y en el caso de apartamentos el número de cada uno, con expresión de sus medidas, situación, piezas de que conste, puerta principal de entrada y lugar con el cual inmediatamente comunique, y demás datos necesarios para su identificación.
(c) Descripción de los elementos comunes.
(d) Indicación clara del uso y destino dado al inmueble o inmuebles y a cada una de sus unidades de vivienda y los elementos comunes.
(e) Superficie de la totalidad de las unidades de vivienda en el inmueble de tratarse de edificios multifamiliares.
(f) Lo relativo a la administración del inmueble, incluyendo las reservas que se establezcan.
(g) Condiciones restrictivas que surjan de los artículos de incorporación y el reglamento general que incluirá, pero sin limitarse, a la condición de socio como requisito previo a la adquisición de una vivienda, condiciones resolutorias del dominio o de pacto de retroventa en caso de pérdida de la condición de socio, derecho de retracto, derecho preferente o de tanteo a favor de la cooperativa en caso de la transferencia del dominio a un tercero, la prohibición de enajenar por un número determinado de años y la limitación a una sola unidad por familia. Constará, además, cualquier otra restricción razonable a la propiedad que conste en el reglamento de la cooperativa en atención a la política pública esbozada en este subcapítulo.
(h) Cuanto más se refiera al inmueble y sea de interés hacerlo constar o se requiera por la Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, secs. 2001 et seq. del Título 30, y su reglamento.
(i) La expresión de las circunstancias incluidas en los incisos (a), (b), (c) y (e) de esta sección, se hará de acuerdo a una descripción certificada provista por el ingeniero o arquitecto que tuvo a su cargo la realización de los planos del inmueble que serán presentados en el Registro de la Propiedad, conforme a la sec. 4604 de este título.
(1) Una copia certificada de la licencia de urbanizador o constructor expedida por el Secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor, de ser ésta requerida a tenor con lo dispuesto en las secs. 501 et seq. del Título 17.
(2) Una certificación jurada por la persona que somete el inmueble al régimen de propiedad horizontal en la que se haga constar:
(a) Que los planos sometidos al Registro de la Propiedad son copia fiel y exacta de los aprobados por la Administración de Reglamentos y Permisos e incluyen cualquier cambio efectuado en el inmueble a la fecha del otorgamiento;
(b) las áreas comunes y privadas que aún estén en construcción y la fecha en que se proyecta finalizarlas, así como la promesa de que se someterán al Registro de la Propiedad copias de los planos, debidamente certificados por la Administración de Reglamentos y Permisos, en las que consten los cambios realizados en el proceso de construcción;
(c) que se ha cumplido con todos los requisitos de este capítulo, así como con las resoluciones y permisos de las agencias gubernamentales para someter el inmueble al régimen;
(d) que se ha incluido en la escritura copia textual de la descripción certificada provista por el ingeniero o arquitecto que tuvo a su cargo la realización de los planos de inmueble.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 102 - Sociedades Cooperativas
Subcapítulo XV - Regimen de Vivienda Cooperativa de Titulares
§ 4590. Declaración de política pública
§ 4593. Transferencias del título
§ 4596. Elementos procomunales
§ 4598. Consentimiento unánime para gravar participaciones y áreas comunes
§ 4599. Restricciones a la capacidad de establecer gravámenes
§ 4600. Cambios al uso y destino
§ 4602. Contenido de la escritura matriz
§ 4603. Contenido de las escrituras individuales de las unidades de vivienda
§ 4606. Circunstancias del asiento de inscripción de la escritura matriz
§ 4608. Inscripción de obras en proyecto o comenzadas
§ 4609. Constancia del tracto sucesivo
§ 4610. Agrupaciones, adquisiciones, gravámenes
§ 4611. Segregación de terreno común
§ 4614. Disolución del régimen
§ 4615. Reconversión al régimen
§ 4618. Terminación de la condición de socio
§ 4619. Disposiciones en caso de venta
§ 4621. Procedimiento alternativo de notificación
§ 4622. Funciones adicionales de la Junta de Directores
§ 4627. Subordinación de derechos a la condición de socio
§ 4628. Cuentas operacionales y de reserva
§ 4629. Disposiciones finales que puedan afectar a los socios
§ 4631. Adquisición de unidades de vivienda por la cooperativa
§ 4632. Exoneración del pago de contribuciones
§ 4634. Requisitos para el procedimiento de conversión al régimen de cooperativa activa
§ 4637. Procedimiento aplicable a nuevas cooperativas
§ 4638. Conversión al régimen de cooperativas de viviendas de titulares