2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo VI - Disposiciones Administrativas y Penalidades
§ 411a. Facultades de Secretario

(a) El Secretario de Salud será responsable de poner en vigor y fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones de este capítulo. Para tales efectos tendrá la facultad de investigar, inspeccionar, citar testigos y aprobar y adoptar las reglas y reglamentos necesarios para hacer viables los propósitos de este capítulo.
(b) El Secretario podrá nombrar oficiales examinadores para atender las vistas administrativas que deba celebrar de acuerdo con este capítulo, quienes le rendirán sus informes y recomendaciones.