2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 308 - Ley para la Prevención del Fraude en el Telemercadeo
§ 4034. Registro—Política

(a) La ubicación de cualquier solicitador telefónico y la dirección exacta de distintas localidades desde donde las llamadas son originadas.
(b) Copias de todo el libreto o presentación de un producto en específico, el cual el vendedor debe usar en la llamada telefónica para vender el mismo.
(c) Copias de todas las autorizaciones escritas que provean los consumidores de las transacciones de telemercadeo.
(d) El nombre completo y número telefónico de todas las personas que hayan expresado que no quieren recibir solicitaciones telefónicas y la fecha en que notificaron esa voluntad.
(e) Copia de la política de cancelación, reembolso o devolución de cualquier bien o producto ofrecido por el solicitador telefónico.
(f) Materiales que justifiquen cualquier reclamación acerca del rendimiento, eficacia, naturaleza o características de los bienes o servicios que son sujeto de una solicitación telefónica.
(g) Cualquier consentimiento escrito para utilizar nombres de personas u organizaciones que endosan el producto a vender.