En el caso particular en que el padre, madre, o custodio al amparo de la sec. 182d de este título, o cualquier ley posterior que sustituya la misma, no lleve aquellos menores que tiene a su cargo a vacunar, será responsabilidad del pediatra que atienda dichos menores el calcular el Índice de Masa Corporal y entregarle una certificación que indique las especificaciones previstas en la sec. 182c de este título.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte VII - Hospitales, Instituciones y Programas sobre Salud
Capítulo 168 - Ley de Medición del Indice de Masa Corporal
§ 3978. Obligaciones y responsabilidades—Centros de vacunación y oficina de pediatras
§ 3979. Obligaciones y responsabilidades—Departamento de Salud
§ 3980. Protocolo de Orientación sobre Nutrición
§ 3981. Recomendaciones establecidas por el CDC
§ 3982. Obligaciones y responsabilidades—Instituciones de educación pública y privada