La clínica tendrá un(a) Director(a) Ejecutivo(a) nombrado(a) por la Administración de Servicios Médicos de Puerto Rico. La persona deberá ser seleccionada del personal existente de la Administración de Servicios Médicos de Puerto Rico y deberá reunir los requisitos mínimos de preparación académica que rija la Administración de Servicios Médicos de Puerto Rico.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte VII - Hospitales, Instituciones y Programas sobre Salud
Capítulo 167 - Clínica Permanente para Personas con Errores Innatos del Metabolismo
§ 3962. Errores innatos del metabolismo—Definición
§ 3966. Facilidades y materiales
§ 3968. Reglamentos, órdenes administrativas