Se dispone que en los casos en que los términos de este capítulo sean contrarios o estén en conflicto con los términos de las secs. 9101 et seq. del Título 3, conocidas como la “Ley Especial de Sostenibilidad Fiscal y Operacional del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, prevalecerá lo dispuesto sobre la materia en las secs. 9101 et seq. del Título 3.