Este capítulo y el impacto del mismo constituyen información de interés público. Por consiguiente, se autoriza al Administrador de Rehabilitación Vocacional a educar e informar sobre este capítulo y su impacto, siendo de vital importancia que los ciudadanos estén informados sobre los cambios y deberes de las entidades concernidas, los nuevos servicios y los derechos y obligaciones de los ciudadanos y del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.