2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 156 - Programa de la Industria de Ciegos y Personas con Impedimentos Físicos, Mentales y del Desarrollo
§ 3872. Compras por agencias del Gobierno

Todos los departamentos, agencias e instrumentalidades del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, incluyendo municipios comprarán con los recursos a su disposición, directamente o a través de la Administración de Servicios Generales, según sea el caso, para uso de los servicios bajo su respectiva jurisdicción, aquellos artículos producidos por el Programa de la Industria de Ciegos y Personas con Impedimentos Físicos, Mentales y del Desarrollo, que respondan razonablemente a las especificaciones establecidas para tales compras y cuyos precios no excedan de los corrientes en el mercado.