2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 236 - Corporaciones Especiales Propiedad de Trabajadores
§ 3878. Ganancias netas no distribuidas y pérdidas; prorrateo; distribución y pago

(a) La corporación llevará cuentas internas de capital para cada miembro. Para determinar el balance de cada miembro en su cuenta individual se prorratearán las pérdidas de la corporación utilizando para ello el mismo método que se utiliza para asignar la porción de la ganancia que corresponde a cada miembro. La distribución, capitalización o pago del balance en las cuentas internas de capital individual de cada miembro, se efectuará en la forma y tiempo dispuesto en el certificado de incorporación o en el reglamento interno de la corporación.
(b) La asignación, distribución y pago del balance en las cuentas internas de capital individual se podrá hacer en efectivo, en avisos de crédito por productividad, patrocinio o capital, en acciones de capital o en bonos corporativos.