2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 2 - Ley de Registro Interactivo de Propiedades Públicas con Oportunidad de Desarrollo Económico o Conservación y Protección
§ 37b. Obligación de registrarse

Se dispone que la Compañía de Fomento Industrial, la Administración de Terrenos, la Autoridad de Tierras y el Departamento de la Vivienda, registrarán toda estructura o propiedad inmueble en el Registro creado por este capítulo.