(a) Establecer la organización interna de la Oficina y los sistemas adecuados para su funcionamiento, con la aprobación previa del Secretario(a).
(b) Planificar, dirigir y supervisar las actividades de la Oficina y representarla en los foros y actos que se requiera para cumplir los propósitos de este capítulo y en aquellos que le delegue el Secretario(a).
(c) Preparar los anteproyectos de las reglas y reglamentos y de enmiendas a éstos que deben aprobarse para cumplir los propósitos de este capítulo, y presentarlos al Secretario para su consideración y aprobación.
(d) Recomendar al Secretario(a) el nombramiento del personal necesario para el funcionamiento de la Oficina, y asignarle tareas y responsabilidades a base de criterios que permitan el uso más eficaz y mayor productividad de los recursos humanos, así como la mejor calidad y más efectiva prestación de servicios.
(e) Recopilar [datos] estadístic[os] e informativ[os] para realizar estudios sobre obscenidad, pornografía infantil y violaciones a la privacidad informática, y tenerlos accesibles al público en general.
(f) Llevará a cabo campañas de orientación y educación sobre los hallazgos recientes relacionados al tema de la obscenidad, pornografía infantil, privacidad informática, robo de identidad, así como de acceso indebido y divulgación de información personal.
(g) Asesorará y proveerá al Departamento de Educación la ayuda especializada y técnica necesaria para celebrar, al menos, una actividad educativa por cada semestre escolar en cada plantel de enseñanza, con el objetivo de orientar a padres, maestros y estudiantes sobre los efectos nocivos que tiene en el desarrollo social y emocional de las personas todo material obsceno y de pornografía infantil.
(h) Recomendar al Secretario(a) la contratación de los servicios técnicos profesionales necesarios para llevar a cabo los propósitos de este capítulo.
(i) Desempeñar todas las funciones asignadas en este capítulo, así como cualesquiera otras que le encomiende el Secretario(a).
(j) Rendir un informe anual a la Asamblea Legislativa sobre las actividades de la Oficina durante el año a que corresponda el informe, por conducto del Secretario(a).
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