(a) El Director(a) será nombrado por el Secretario(a), y responderá y desempeñará el cargo a voluntad de éste.
(b) El sueldo o remuneración del Director(a) será fijado por el Secretario de acuerdo con las normas de retribución aplicable a otros empleados en el servicio de confianza del Departamento de Asuntos del Consumidor con igual o similar nivel de funciones y responsabilidades.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico