2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 33 - Oficina de Administración de los Tribunales
§ 337. Juramentos, testigos, presentación de libros—Citaciones

Toda citación expedida a tenor con lo dispuesto en las secs. 335 a 340 de este título deberá llevar el sello de la Oficina de Administración de los Tribunales y podrá ser notificada en cualquier punto del Estado Libre Asociado.