2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 146 - Programa para la Prevención y Vigilancia de Emergencias Médicas de Niños
§ 3338. Personal y materiales

El Director nombrará y contratará el personal capacitado y podrá solicitar y obtener del Presidente y/o del Rector que se le provean las facilidades y materiales que fueren necesarios para que el Programa pueda llevar a cabo sus funciones.