2020 Laws of Puerto Rico Capítulo 146 - Programa para la Prevención y Vigilancia de Emergencias Médicas de Niños § 3338. Personal y materiales
El Director nombrará y contratará el personal capacitado y podrá solicitar y obtener del Presidente y/o del Rector que se le provean las facilidades y materiales que fueren necesarios para que el Programa pueda llevar a cabo sus funciones.