Todo traficante o vendedor de vehículos de motor, sean éstos nuevos o usados, que opere como tal sin haber obtenido una licencia conforme se dispone en la sec. 31711(a) de este título y en las secs. 5001 et seq. del Título 9, conocidas como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, estará sujeto a una multa administrativa de diez mil (10,000) dólares, independientemente de las sanciones criminales provistas en este Código y en la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 13 - Contribuciones y Finanzas
Subtítulo 17 - Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico
Capítulo 1064 - Disposiciones Especiales
Subcapítulo B. Arbitrios y Derechos de Licencia (§§ 33131 — 33152)
§ 33132. Multa administrativa por reclamación fraudulenta de crédito
§ 33133. Multa administrativa por impuesto especial sobre petróleo
§ 33134. Multa administrativa por confabulación entre embarcador y consignatario
§ 33135. Multa por entrega de artículos sin autorización del Secretario
§ 33136. Multa administrativa por presentación de documentos falsos
§ 33137. Imposición y cobro de multas administrativas
§ 33138. Delitos relacionados con cigarrillos
§ 33139. Delito por destrucción del número de serie del manufacturero
§ 33140. Delito por forzar o manipular precintos
§ 33141. Delito por confabulación entre embarcador y consignatario
§ 33142. Delito relacionado con artículos introducidos en furgones
§ 33143. Delitos relacionados a toda persona
§ 33145. Penalidad por dejar de rendir la declaración de arbitrios y planilla mensual de arbitrios
§ 33147. Penalidad por desprender, alterar o mutilar etiqueta
§ 33148. Por demora en el pago de derechos de licencia
§ 33150. Confidencialidad de declaraciones de arbitrios y otros documentos
§ 33151. Requisito de conservar y entregar documentos
§ 33152. Delitos graves y menos graves de funcionarios y empleados, sanciones disciplinarias