Las partes podrán determinar libremente el número de árbitros. A falta de tal acuerdo, los árbitros serán tres (3).
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 32 - Código de Enjuiciamiento Civil de Puerto Rico
Subtítulo 4 - Ley de Procedimientos Legales Especiales
Capítulo 260 - Ley de Arbitraje Comercial Internacional en Puerto Rico
Subcapítulo III - Composición del Tribunal Arbitral
§ 3243a. Nombramiento de los árbitros
§ 3243b. Motivos de recusación
§ 3243c. Procedimiento de recusación
§ 3243d. Falta o imposibilidad de ejercicio de las funciones