2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo I - Disposiciones Generales
§ 3241f. Tribunal u otra autoridad para el cumplimiento de determinadas funciones de asistencia y supervisión durante el arbitraje

Las funciones a que se refieren las secs. 3243a, 3243c, 3243d, 3244, y 3248 de este título serán ejercidas por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, del municipio de Puerto Rico en el que esté localizado el lugar del arbitraje, ante la sala de un juez superior.