2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo I - Oficina de Cafés de Puerto Rico
§ 323f. Deberes, funciones y responsabilidades del Director

(1) Establecer con la aprobación del Secretario y la coordinación con el Administrador de ADEA, la organización interna de la Oficina que sea necesaria para su adecuado funcionamiento y operación.
(2) Identificar y ejecutar estrategias dirigidas a la implementación y ejecución de las prioridades de la Oficina para el desarrollo de la industria cafetalera discutidas y recomendadas por la Junta Asesora.
(3) Establecer y desarrollar las acciones administrativas necesarias para la implantación de este capítulo y los reglamentos que se adopten en virtud del mismo.
(4) Planificar, coordinar y supervisar todas las actividades, operaciones y transacciones de la Oficina y representarla en todos los actos y acuerdos que así se requiera.
(5) Identificar y recomendar soluciones a las necesidades de la Oficina y, basado en las prioridades establecidas por la Junta Asesora, preparar la Petición Presupuestaria para el funcionamiento de la misma.
(6) Coordinar, supervisar e implementar las iniciativas de investigación, desarrollo, apoyo técnico, transferencia de tecnología y de conocimiento a los caficultores con los componentes de Extensión Agrícola y la Estación Experimental del Colegio de Ciencias Agrícolas de la Universidad de Puerto Rico y otras entidades educativas y científicas dentro y fuera de Puerto Rico.
(7) Coordinar, supervisar e implementar con rapidez las medidas de recuperación del cafetal tras la emergencia ante el impacto de fenómenos atmosféricos, sequías, plagas o actos de la naturaleza.