2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo I - Oficina de Cafés de Puerto Rico
§ 323d. Junta Asesora de la Oficina

Se crea la Junta Asesora de la Oficina de Cafés de Puerto Rico la cual estará compuesta por nueve (9) miembros ad honorem que se distribuyen de la siguiente forma: el Director de la Oficina, un representante que será recomendado por el Secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor, tres (3) representantes de los caficultores que serán recomendados por la Asociación de Agricultores de Puerto Rico y recomendados al gobernador por el Secretario, dos (2) representantes de los beneficiadores compradores, dos (2) representantes de los torrefactores. Los dos (2) representantes de los beneficiadores compradores y los dos (2) representantes de los torrefactores serán recomendados por el Secretario de Agricultura de la lista de beneficiadores y torrefactores, respectivamente, registrados y con licencia. Los candidatos deben presentar una carta de recomendación de al menos 10% de los miembros registrados con licencia de cada sector. Todos los representantes de los sectores deben demostrar que más del 51% de la actividad económica de su negocio de café corresponde al sector que representan. Los miembros, con la excepción del Director Ejecutivo, serán nombrados por el Gobernador, con el consejo y consentimiento del Senado. Los primeros miembros nombrados en virtud de este capítulo, ocuparán sus cargos por los siguientes términos: tres (3) miembros por cinco (5) años, tres (3) miembros por tres (3) años y dos (2) miembros por dos (2) años. Sus sucesores serán nombrados por un término de seis (6) años. Cualquier persona escogida para llenar una vacante será nombrada solamente por el término no vencido del miembro a quien sucede. Al vencimiento del término de cualquier miembro, este podrá continuar en el desempeño de sus funciones hasta que haya sido nombrado su sucesor y éste haya tomado posesión de su cargo. Los términos se contarán a partir de la fecha de vencimiento del término anterior. Esta Junta Asesora se reunirá no menos de cuatro (4) veces al año y establecerá mediante votación las prioridades para la Oficina en los programas e iniciativas de apoyo al caficultor, educación, y estableciendo las prioridades en la utilización de los fondos generados por el Programa de Compra Venta de Café los incentivos y la creación de proyectos de innovación e investigación científica y desarrollo enfocadas en el aumento en la producción, productividad a nivel de finca y la calidad. La Junta será presidida por el Director de la Oficina. La Junta rendirá un informe anual al Secretario de Agricultura y al Senado de Puerto Rico antes del 30 de abril de cada año, en dicho informe se presentarán los acuerdos, recomendaciones y avances de su gestión.