2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo V - Educación Continuada
§ 316h. Otras actividades de educación continuada

Todo miembro de la carrera magisterial obtendrá, de ser necesario, autorización para asistir a actividades de educación continuada ofrecidas por organizaciones profesionales u otras entidades. En todo caso deberá ser notificado al Comité de Educación Continuada a fin de asegurar que le sean acreditadas las horas correspondientes.