2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo V - Educación Continuada
§ 316d. Comité de Educación Continuada—Funciones

(1) Identificará las necesidades específicas de la escuela en lo referente a adiestramientos de corta duración.
(2) Colaborará en la divulgación y promoción de las actividades de educación continua en su escuela.
(3) Organizará conferencias y actividades profesionales para analizar temas tratados en los programas de educación continuada.