(1) Identificará las necesidades específicas de la escuela en lo referente a adiestramientos de corta duración.
(2) Colaborará en la divulgación y promoción de las actividades de educación continua en su escuela.
(3) Organizará conferencias y actividades profesionales para analizar temas tratados en los programas de educación continuada.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 16 - Ley de la Carrera Magisterial
Subcapítulo V - Educación Continuada
§ 316. Programa de educación continuada
§ 316a. Programas de educación continuada del Departamento
§ 316b. Formulación del Programa
§ 316c. Comités de Educación Continuada—Creación y miembros
§ 316d. Comité de Educación Continuada—Funciones
§ 316e. Comités de Educación Continuada—Informes
§ 316f. Ofrecimientos de universidades