2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 1 - Disposiciones Varias
§ 30g. Facilidades vecinales en el desarrollo urbano—Reglamento; capacidad de las facilidades

La Oficina de Gerencia de Permisos adoptará un reglamento conforme a lo dispuesto en las secs. 71 et seq. de este título, que incluya en sus disposiciones aquellas medidas necesarias para garantizar [que] la construcción, instalación y funcionamiento de las facilidades vecinales en todo desarrollo de urbanizaciones y edificios multipisos se lleve a cabo a un ritmo más acelerado que la construcción de las unidades de vivienda que componen el Proyecto, a fin de garantizar que la terminación de dichas facilidades vecinales coincida con la fecha en que se haya completado el cincuenta por ciento (50%) del total de las proyectadas unidades de vivienda. Disponiéndose, que la capacidad de las facilidades vecinales a ser requeridas será establecida en proporción al número de solares residenciales o unidades de vivienda sometidos en los desarrollos de urbanización propuestas, incluyendo edificios multipisos, a fin de que dichas facilidades se ajusten a las necesidades, actividades y servicios de dichos desarrollos. En dicho reglamento la Oficina de Gerencia de Permisos incluirá disposiciones relativas a la construcción de facilidades educativas, recreativas, culturales y cualesquiera otras facilidades que propendan al desarrollo físico, social, moral, religioso y cultural de la comunidad. Disponiéndose, que aquellos fondos requeridos por la Oficina de Gerencia de Permisos de los constructores y urbanizadores para facilidades de índole recreativa o cultural se pongan a disposición del Departamento de Recreación y Deportes para el desarrollo, construcción y conservación de las mismas.

Structure 2020 Laws of Puerto Rico

2020 Laws of Puerto Rico

Título 23 - Planificación y Fomento Público

Parte I - Planificacion Publica

Capítulo 1 - Disposiciones Varias

§ 30a. Facilidades vecinales en el desarrollo urbano—Propósito general

§ 30b. Facilidades vecinales en el desarrollo urbano—Facilidades comprendidas

§ 30c. Facilidades vecinales en el desarrollo urbano—Facilidades educativas

§ 30d. Facilidades vecinales en el desarrollo urbano—Costo de las facilidades culturales, recreativas y refugios

§ 30e. Facilidades vecinales en el desarrollo urbano—Consultas a los demás departamentos y agencias

§ 30f. Facilidades vecinales en el desarrollo urbano—Dispensa de facilidades

§ 30g. Facilidades vecinales en el desarrollo urbano—Reglamento; capacidad de las facilidades

§ 42a. Certificación de planos—Reglamento; adopción

§ 42b. Certificación de planos—Excepción

§ 42e. Certificación de planos—Supervisión de obras

§ 42f. Certificación de planos—Permiso de uso; requisito previo

§ 42g. Certificación de planos—Información falsa; penalidades

§ 42h. Certificación de planos—Alteración indebida; penalidades

§ 42i. Certificación de planos—Prescripción de la acción penal

§ 43. Reglamento—Propósito

§ 43-1. Reglamento—Habilitación de áreas para lactar y cambiar los pañales

§ 43-2. Reglamento—Baños asistidos o “familiares”

§ 43a. Reglamento—Adopción de normas

§ 44. Reglamento—Vistas públicas; conferencias técnicas

§ 45. Reglamento—Aprobación por la Junta de Planificación

§ 46. Reglamento—Fecha de vigencia; anuncio

§ 48. Reglamento—Derogación de leyes y reglamentos en conflicto; enmienda

§ 49. Reglamento—Penalidades

§ 50. Reglamento—Apelaciones

§ 53. Planos gratis para personas de recursos limitados—Autorización

§ 61. Publicaciones

§ 61a. Ubicación de instalaciones para cremar cadáveres