2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 221 - Nombramiento de Tutores y Defensores
§ 2665. Habilitación sin prestación de fianza

Cualquier tutor puede ser habilitado por el tribunal para representar, sin presentación de fianza, a un menor o incapacitado en todos aquellos actos en que fuere necesaria su intervención; pero se entenderá que el susodicho tutor deberá llenar previamente los requisitos de la sec. 2661 de este título tan pronto tuviere precisión de hacerse cargo de la administración y custodia de los bienes de sus pupilos.