El propósito de este capítulo es requerirles a los aseguradores del país el establecimiento de una reserva para el pago de pérdidas provenientes de las catástrofes a las que está expuesto Puerto Rico, con el fin de que dichos aseguradores cuenten con la capacidad financiera para ofrecer la mayor protección a aquellos asegurados expuestos a dichos riesgos. Las disposiciones de este capítulo persiguen también el que los aseguradores del país dependan menos de la capacidad de los reaseguradores extranjeros toda vez que, de comprar reaseguro para estos riesgos, sólo vendrían obligados a comprarlo en exceso de la retención mínima requerida. Como resultado de esto, los tipos de prima de seguros catastróficos en Puerto Rico quedarían afectados lo menos posible por las exigencias de precio del mercado de reaseguro mundial.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 1 - Seguros en General
Capítulo 25 - Reserva de Pérdidas de Seguros Catastróficos
§ 2501. Declaración de propósitos
§ 2503. Reserva de pérdidas de seguros catastróficos requerida
§ 2504. Fideicomiso de los activos que respaldan la reserva
§ 2505. Inversión de los fondos del fideicomiso
§ 2506. Cargos contra la reserva de pérdidas de seguros catastróficos