Cuando en la elaboración de cualquier café elaborado dentro o fuera de Puerto Rico no se haya utilizado totalmente café producido en Puerto Rico, se prohíbe usar en su rotulación cualquier diseño, mapa, símbolo, representación, nombre, alusión, sigla, abreviatura, letras, palabra o conjunto de palabras que pueda asociarlo con Puerto Rico o con un producto de Puerto Rico, o que pueda hacer creer al consumidor que dicho café es de Puerto Rico, o que establezca similitud con el café de Puerto Rico, o con las preferencias del consumidor de café puertorriqueño.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 1 - Reglamentación de los Negocios en General
§ 231. Rotulación de café elaborado en Puerto Rico
§ 232. Café producido en, pero elaborado fuera de Puerto Rico
§ 233. Café producido y elaborado fuera de Puerto Rico
§ 233b. Dibujos en la rotulación