Queda prohibido mercadear en Puerto Rico, café rotulado como de Puerto Rico, si dicho café fue producido en Puerto Rico, pero fue elaborado, en cualquier forma, fuera de Puerto Rico, si no se expresa en el rótulo de su envase que tal café es de Puerto Rico y se hace constar, en letras de no menos de un cuarto (¼) de pulgada de alto e inmediatamente debajo de las que se expresan que es de Puerto Rico, que tal café fue elaborado fuera de Puerto Rico, especificándose el lugar en que fue elaborado y el nombre y dirección del que lo elaboró, en cualquier forma.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 1 - Reglamentación de los Negocios en General
§ 231. Rotulación de café elaborado en Puerto Rico
§ 232. Café producido en, pero elaborado fuera de Puerto Rico
§ 233. Café producido y elaborado fuera de Puerto Rico
§ 233b. Dibujos en la rotulación