(1) Procedimiento después de la presentación y prueba de fallecimiento.— Presentado el testamento ológrafo y acreditado el fallecimiento del testador, el Tribunal de Primera Instancia procederá a su lectura en audiencia pública y en día y hora señalados al efecto, dentro del segundo día a más tardar, abriéndolo si estuviere en pliego cerrado, rubricándolo los jueces con el notario en todas las hojas y comprobando acto continuo su identidad por medio de tres (3) testigos que conozcan la letra y firma del testador y declaren que no abrigan duda racional del hallarse el testamento escrito y firmado de mano propia del mismo.
(2) Citación del cónyuge y familiares.— Para la práctica de las diligencias expresadas en el inciso anterior, serán citados con la brevedad posible, el cónyuge sobreviviente, si lo hubiere, los descendientes y los ascendientes legítimos del testador, y en defecto de unos y de otros, los hermanos.
(3) Procedimiento después de justificada la identidad del testamento.— Si el Tribunal de Primera Instancia estima justificada la identidad del testamento, acordará que se protocolice, con copia certificada de las diligencias practicadas en los registros del notario que los interesados designen, por el cual se librarán las copias o testimonios que procedan, que constituirán título bastante para la inscripción, total o parcial, en el Registro de la Propiedad, de los bienes inmuebles en que consista la herencia. Si no hubiese conformidad entre los interesados, o si el notario designado por éstos estuviere incapacitado por alguna de las causas que señala la ley notarial, entonces el tribunal designará libremente un notario que tenga oficina abierta en su distrito.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 32 - Código de Enjuiciamiento Civil de Puerto Rico
Subtítulo 4 - Ley de Procedimientos Legales Especiales
Parte I - Juicios de Testamentaria y Abintestato
§ 2271. Presentación de testamento cerrado
§ 2272. Examen del pliego contentivo del testamento
§ 2273. Firma del que presenta el testamento
§ 2274. Citación de notario y testigos; examen de testigos
§ 2275. Prueba de la firma de testigo ausente o fallecido
§ 2276. Procedimiento en caso de fallecimiento del notario
§ 2277. Prueba del fallecimiento de notario y testigos
§ 2278. Presencia de parientes en apertura del testamento
§ 2279. Apertura y lectura del testamento
§ 2280. Protocolización del testamento
§ 2280a. Procedimiento para la protocolización de testamentos ológrafos