La Junta de Gobierno estará integrada por no menos de quince (15) miembros y será electa anualmente en la Asamblea General Ordinaria. El reglamento dispondrá sobre la composición de la Junta de Gobierno y la forma de cubrir vacantes. Disponiéndose, que el Colegio podrá organizarse por capítulos cuando así se disponga por reglamento.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico