La administración inmediata de este capítulo queda por la presente encomendada a los Negociados de Arbitrios Generales y Bebidas Alcohólicas y Narcóticas del Departamento de Hacienda, dependiendo de si la reclamación afecta los recaudos de uno u otro negociado, los cuales negociados dictarán, con la aprobación del Secretario de Hacienda, aquellos reglamentos que fueren necesarios para la ejecución del mismo.
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