2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 213 - Contribución sobre Enriquecimiento Injusto por Reintegro de Arbitrios a Contribuyentes
§ 2234. Ingreso neto, definición

El término “ingreso neto”, tal como se emplea en este capítulo, significa la cantidad de los abonos o reintegros (incluyendo intereses) hechos o que se hicieren al contribuyente en o después de Enero 1, 1944, por concepto de arbitrios (incluyendo los impuestos por la Ley de Bebidas, Subtítulo 12 de este título), que hayan sido cobrados por el Secretario de Hacienda ilegal o indebidamente o en exceso de la cantidad debida, y que hayan sido traspasados por el contribuyente a otra persona, menos los honorarios de abogado hasta una cantidad que no exceda del diez por ciento (10%) de la cantidad abonada o reintegrada al contribuyente por concepto de arbitrios (e intereses) cobrados ilegal o indebidamente o en exceso de la cantidad debida, y pasados por el contribuyente a otra persona.