2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 2 - Retiro de Ex Gobernadores
§ 21a. Anualidad, forma de pago e incompatibilidad—Excepción

Queda expresamente dispuesto, sin embargo, que todo ex Gobernador que al momento de ser aprobada la presente tenga derecho a percibir la anualidad a que hace referencia la sec. 21 de este título podrá continuar disfrutando de dicho beneficio con carácter vitalicio, excepto que renuncie voluntariamente a él.