2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 2 - Retiro de Ex Gobernadores
§ 21. Anualidad, forma de pago e incompatibilidad

Todo ex Gobernador que fue eligido Primer Ejecutivo antes del 3 de noviembre de 1992 tendrá derecho a una anualidad vitalicia de veinticinco mil dólares ($25,000). Dicha anualidad se pagará por el Secretario de Hacienda en plazos mensuales, y el pago de cualquier otro emolumento con cargo al Erario por cualquier concepto, y el recibo de cualquier beneficio bajo un sistema de pensiones establecido por autoridad de ley del Estado Libre Asociado, será incompatible con el pago de dicha anualidad.