2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 102 - Ley de Asuntos No Contenciosos Ante Notario
§ 2156. Competencia concurrente

La competencia en sede notarial en los asuntos a que se refiere la sec. 2155 de este título será concurrente con la ejercida por los tribunales. El peticionario tendrá la opción de presentar el asunto ante el notario o ante el tribunal, según lo estime conveniente.