A partir de la vigencia del Reglamento de Zonas Escolares las agencias gubernamentales y los municipios facultados para expedir licencias, autorizaciones, franquicias, concesiones o cualquier otro permiso análogo relacionado con la ubicación, uso y operación de negocios, establecimientos o actividades en los alrededores de las escuelas tendrán la obligación de revisar la reglamentación y ordenanzas municipales vigentes a tenor con lo dispuesto en este capítulo y los reglamentos adoptados a su amparo.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 23 - Planificación y Fomento Público
Parte I - Planificacion Publica
§ 206a. Reglamento de Zonas Escolares
§ 206e. Recomendaciones; estudio
§ 206f. Facultades y obligaciones; alcance
§ 206g. Permiso de construcción o uso; endoso por el Secretario de Educación
§ 206h. Revisión de reglamentación existente