(a) Alterar o falsificar cualquier documento o material con la intención maliciosa de engañar o defraudar a los miembros de la Junta.
(b) Negociar u ofrecer a la venta una licencia concedida por la Junta para la operación de un programa o centro de desvío.
(c) Suspender sucesivamente una licencia, permiso o certificación, cuando exista una de las razones establecidas en esta sección para cancelación y revocación de la misma y cuando el daño que pueda ocasionarse fuera de tal magnitud que así lo justificare.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
§ 2014. Destitución de los miembros
§ 2016. Administrador individual
§ 2019. Mecanismos para intercambiar información
§ 2023. Licencias—Investigación, denegación, suspensión y renovación
§ 2024. Licencias—Denegación; condiciones
§ 2025. Licencias—Suspensión; razones
§ 2026. Certificaciones o licencias renovables cada tres (3) años