2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 193 - Rentas Internas en General, Disposiciones Adicionales
§ 1927. Reintegro de arbitrios sobre vehículos de motor a los miembros de las Fuerzas Armadas—Cobro de arbitrio no será afectado

Nada de lo contenido en las secs. 1924 a 1927 de este título se interpretará en el sentido de impedir que el arbitrio establecido por la Ley de Rentas Internas vigente sea cobrado por el Secretario de Hacienda en la forma provista por dicha ley.