Proveer servicios de corretaje para la reventa a titulares revendedores de propiedad vacacional localizada u ofrecida en la demarcación territorial de Puerto Rico o propiedades cuyo plan de propiedad vacacional debe ser aprobado por la Compañía, ya sea por sí o actuando como agente de un corredor de reventa, constituye llevar a cabo servicios de corretaje para la reventa de propiedad vacacional para la reventa en virtud de este capítulo, y constituirá contacto suficiente para efectos de conferir jurisdicción al Departamento de Asuntos del Consumidor sobre todo asunto, caso o controversia relacionado a dichos servicios de corretaje, conforme a lo dispuesto en la sec. 1901h de este título, y al Tribunal General de Justicia conforme a las disposiciones de la Regla 3.1 de las de Procedimiento Civil de 2009 (32 L.P.R.A. Ap. V, R. 3.1).
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 2 - Bienes, Propiedad y sus Modificaciones
Capítulo 193 - Ley de Propiedad Vacacional de Puerto Rico
§ 1905. Divulgaciones requeridas a titulares revendedores; licencia
§ 1905a. Prohibiciones; manifestaciones
§ 1905b. Contrato de servicios de corretaje para la reventa, contenido, cancelación
§ 1905c. Contrato de servicios de corretaje para la reventa, anulabilidad
§ 1905e. Qué constituye proveer servicios de corretaje para la reventa