2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 85 - Contrato Mercantil de Transporte Terrestre
§ 1780. Plazo para la entrega de efectos

No habiendo plazo prefijado para la entrega de los efectos, tendrá el porteador la obligación de conducirlos en las primeras expediciones de mercaderías iguales o análogas que hiciere al punto en donde deba entregarlos; y de no hacerlo así, serán de su cargo los perjuicios que se ocasionen por la demora.