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§ 1771. Cuándo se reputa mercantil - (1) Cuando tenga por objeto mercaderías o cualesquiera efectos del...
§ 1777. Comienzo de la responsabilidad del porteador - La responsabilidad del porteador comenzará desde el momento en que...
§ 1778. Rechazo de bultos - Los porteadores podrán rechazar los bultos que se presenten mal...
§ 1780. Plazo para la entrega de efectos - No habiendo plazo prefijado para la entrega de los efectos,...
§ 1786. Responsabilidad del porteador por daños parciales - Si el efecto de las averías a que se refiere...
§ 1789. Transacción de disputas sobre el estado de los efectos al tiempo de la entrega - Si ocurrieran dudas y contestaciones entre el consignatario y el...
§ 1790. Entrega al consignatario - El porteador deberá entregar sin demora o entorpecimiento alguno al...
§ 1791. Cuándo procede el depósito de los efectos - No hallándose el consignatario en el domicilio indicado en la...