2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 58 - Programa de Justicia Juvenil y Prevención de la Delincuencia
§ 1631d. Dirección; informe anual

El Programa será dirigido por el Director Ejecutivo de la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario (ODSEC). El Director Ejecutivo rendirá un informe anual, no más tarde del 30 de abril de cada año, al Gobernador y a la Asamblea Legislativa sobre la operación del Programa, el uso dado a los fondos y el resultado de la evaluación de los proyectos subvencionados.