(1) Empleado.— Significa toda persona que trabaja para un patrono y que reciba compensación por ello o todo aspirante a empleo. Para efecto[s] de la protección que se confiere mediante las secs. 155 a 155m de este título, el término empleado se interpretará en la forma más amplia posible.
(2) Patrono.— Significa toda persona natural o jurídica de cualquier índole, el Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, incluyendo cada una de sus tres Ramas y sus instrumentalidades o corporaciones públicas, los gobiernos municipales y cualquiera de sus instrumentalidades o corporaciones municipales, que con ánimo de lucro o sin él, emplee personas mediante cualquier clase de compensación y sus agentes y supervisores. Incluye, además, las organizaciones obreras y otras organizaciones, grupos o asociaciones en las cuales participan empleados con el propósito de gestionar con los patronos sobre los términos y condiciones de empleo, así como las agencias de empleo.
(3) Persona.— Significa persona natural o jurídica.
(4) Supervisor.— Significa toda persona que ejerce algún control o cuya recomendación sea considerada para la contratación, clasificación, despido, ascenso, traslado, fijación de compensación o sobre el horario, lugar o condiciones de trabajo o sobre tareas o funciones que desempeña o pueda desempeñar un empleado o grupo de empleados o sobre cualesquiera otros términos o condiciones de empleo, o cualquier persona que día a día lleve a cabo tareas de supervisión.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte I - Disposiciones Sobre el Trabajo en General
Capítulo 7 - Protección de los Derechos del Empleado
§ 131. Interferencia con derecho al voto—Por el patrono
§ 132. Interferencia con derecho al voto—Por oficial o agente del patrono
§ 133. Interferencia con derecho al voto—Desalojo del hogar
§ 134. Interferencia con derecho al voto—Lista negra para negar empleo
§ 135. Interferencia con derecho al voto—Penalidades
§ 140. Discrimen perjudicial por patrono—Penalidades
§ 141. Discrimen perjudicial por patrono—Actuaciones como evidencia de infracciones
§ 142. Discrimen perjudicial por patrono—Patrono, definición de
§ 143. Discrimen perjudicial por patrono—Alegación
§ 145. Provedurías y anticipos en metálico—Penalidades
§ 152. Derecho de reinstalación de miembro de Jurado
§ 153. Empleo de extranjeros que no tengan residencia legal—Prohibición
§ 154. Empleo de extranjeros que no tengan residencia legal—Penalidades
§ 155. Hostigamiento sexual en el empleo—Declaración de política pública
§ 155a. Hostigamiento sexual en el empleo—Definiciones
§ 155b. Hostigamiento sexual en el empleo—Fundamentos; circunstancias
§ 155c. Hostigamiento sexual en el empleo—Determinación
§ 155e. Hostigamiento sexual en el empleo—Entre empleados; prueba eximente
§ 155f. Hostigamiento sexual en el empleo—Personas no empleadas por el patrono
§ 155g. Hostigamiento sexual en el empleo—Concesión o negación de oportunidad o beneficio
§ 155h. Hostigamiento sexual en el empleo—Por oposición a las prácticas ilegales del patrono
§ 155i. Hostigamiento sexual en el empleo—Deberes del patrono
§ 155j. Hostigamiento sexual en el empleo—Sanciones
§ 155k. Hostigamiento sexual en el empleo—Pago de costas y honorarios de abogado
§ 155l. Hostigamiento sexual en el empleo—Preponderancia de causa sobre procedimiento administrativo
§ 155m. Hostigamiento sexual en el empleo—Prescripción
§ 156a. Discrimen por orientación sexual o identidad de género—Definiciones
§ 156b. Discrimen por orientación sexual o identidad de género—Reglamentos
§ 156c. Discrimen por orientación sexual o identidad de género—Protocolo de cumplimiento
§ 156e. Discrimen por orientación sexual o identidad de género—Cláusula de interpretación
§ 156f. Discrimen por orientación sexual o identidad de género—Alcance