2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 87 - Empresas de Adiestramiento y Trabajo
§ 1533. Participantes en programas y servicios—Custodia y seguridad

La responsabilidad por la custodia y seguridad de los miembros de la población correccional y menores transgresores que sean participantes en las actividades y programas de la Corporación corresponderá al Departamento de Corrección y Rehabilitación. No obstante lo anterior, el Departamento de Corrección y Rehabilitación podrá, a solicitud de la Corporación, concertar convenios con las agencias, municipios y personas o entidades privadas con o sin fines de lucro que estén llevando a cabo algún programa o actividad conjuntamente con la Corporación, para que le auxilien en el desempeño de este deber ya sea mediante la asignación de personal o el pago total o parcial de su costo. El Departamento de Corrección y Rehabilitación proveerá oficiales de custodia cuando el caso lo requiera.