2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo IV - Socios
§ 1364c. Registro

(a) Nombre, dirección y ocupación de cada uno de los socios, debiendo verificarse las credenciales e identidad de éstos;
(b) cantidad de acciones que posea cada socio, con su correspondiente numeración, de así estarlo, y la suma pagada sobre dichas acciones, y
(c) la fecha exacta del ingreso del socio a la cooperativa.