(a) Cumplir con las cláusulas de incorporación, con el reglamento general y con las obligaciones impuestas en este capítulo;
(b) efectuar las aportaciones periódicas a la cuenta de acciones según lo disponga el reglamento general de la cooperativa. Las cooperativas estarán autorizadas a incluir el pago periódico de dichas aportaciones según requeridas en el reglamento general como parte de los pagos de préstamos que se le concedan a los socios y a efectuar descuentos directos de las cuentas de depósito para efectuar dichas aportaciones;
(c) velar por los intereses de la cooperativa y por el buen crédito y confianza pública de la misma;
(d) cumplir con todo contrato, convenio, compromiso u obligación social o pecuniaria que contraiga con la cooperativa, y
(e) desempeñar responsablemente las funciones de los cargos para los cuales sea electo o designado y asistir puntualmente a las reuniones de los comités a que pertenezca.
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