El Secretario del Departamento de la Familia podrá imponer multas administrativas no mayores de cinco mil dólares ($5,000) por cada violación a las disposiciones de este capítulo o de los reglamentos promulgados de conformidad con el mismo.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 8 - Bienestar Público e Instituciones Caritativas
Capítulo 6 - Programa de Vales Especiales para el Cuidado y Desarrollo de Niños
§ 123. Proveedores de servicios; requisitos
§ 124. Autorización para proveer servicios de cuidado
§ 125. Becas, vales o ayudas educativas, suplementarias