Las inscripciones de transacciones, anotaciones de embargo o gravámenes se cancelarán mediante la presentación de otro contrato o documento de la misma naturaleza en que el titular o beneficiario por dicha inscripción exprese su consentimiento a dicha cancelación. Dicho documento deberá ser autenticado ante notario público.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 41A - Registro de Transacciones de Cuotas de Producción de la Industria Lechera
§ 1127. Registro de transacciones de cuotas
§ 1129. Diario y presentación de transacciones
§ 1132. Anotación de embargo y prohibición de enajenar
§ 1133. Preferencia de acreedor
§ 1134. Cancelación de inscripciones y anotaciones