Si se prueba a satisfacción del tribunal que cualquiera de las declaraciones juradas ha sido presentada de mala fe, o solamente con propósitos dilatorios, el tribunal ordenará inmediatamente a la parte responsable pagar a la otra parte el importe de los gastos razonables en que ésta incurrió como resultado de la presentación de dichas declaraciones juradas, incluyendo honorarios de abogado razonables. Cualquier parte o abogado o abogada que así proceda podrá condenársele por desacato, además de cualquier otra medida o sanción dispuesta en estas reglas.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
V. Reglas de Procedimiento Civil de 2009
V. PROCEDIMIENTOS ANTERIORES AL JUICIO
Regla 36 - Sentencia Dictada Sumariamente
Regla 36.1. A favor de la parte reclamante
Regla 36.2. A favor de la parte contra quien se reclama
Regla 36.3. Moción y procedimiento
Regla 36.5. Forma de las declaraciones juradas; testimonio adicional
Regla 36.6. Cuando no puedan obtenerse declaraciones juradas