2020 Laws of Puerto Rico
Parte IV - Proveedores y Proveedoras
Regla 21. Recursos

(a) El proveedor o la proveedora establecerá los mecanismos necesarios que garanticen que las personas recursos de educación jurídica continua poseen las cualificaciones, la competencia profesional y las destrezas pedagógicas que permiten una enseñanza provechosa de los cursos.
(b) El proveedor o la proveedora acreditará que los y las profesionales del Derecho que fungen como recursos no incumplen con los requisitos de educación jurídica continua.