No se admitirá la renuncia del menor a cualquier derecho constitucional que le cobije si no están presentes sus padres o encargados o defensor judicial y su abogado. La renuncia por parte del menor será expresa y el juez deberá hacer una determinación de que la misma es libre, inteligente y que el menor y sus padres conocen las consecuencias de dicho acto. No obstante, la presencia del abogado no será requerida para renunciar al derecho a representación legal.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 34 - Apéndices Reglas del Tribunal
I-A. Reglas de Procedimiento para Asuntos de Menores
Capítulo 13 - DISPOSICIONES GENERALES
Regla 13.1. Orden de allanamiento, requisitos para librarla; forma y contenido
Regla 13.2. Orden de allanamiento; diligenciamiento
Regla 13.3. Orden de allanamiento; revisión
Regla 13.5. Términos; cómo se computarán
Regla 13.7. Notificación al menor
Regla 13.8. Renuncia de derechos constitucionales
Regla 13.12. De los procedimientos no previstos en estas reglas