Los jueces del Tribunal de Primera Instancia y los jueces municipales tendrán autoridad para dictar órdenes de aprehensión contra un menor, así como para ordenar su detención provisional o que quede bajo la custodia de sus padres o encargados conforme lo dispuesto en la Regla 2.9 de este apéndice, y para determinar causa probable y entender en los procedimientos provistos por las Reglas 2.10, 2.11, 2.13, 2.14, 2.15, 6.6 y 13.1 de este apéndice. También podrán entender en los procedimientos de entrevista ex parte inicial y vista sumaria inicial sobre revocación de medida dispositiva provista en la Regla 8.13 de este apéndice.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 34 - Apéndices Reglas del Tribunal
I-A. Reglas de Procedimiento para Asuntos de Menores
Capítulo 13 - DISPOSICIONES GENERALES
Regla 13.1. Orden de allanamiento, requisitos para librarla; forma y contenido
Regla 13.2. Orden de allanamiento; diligenciamiento
Regla 13.3. Orden de allanamiento; revisión
Regla 13.5. Términos; cómo se computarán
Regla 13.7. Notificación al menor
Regla 13.8. Renuncia de derechos constitucionales
Regla 13.12. De los procedimientos no previstos en estas reglas